Mi Nombre Personalizado: El registro del nombre de tu bebé: curiosidades que no sabías

El registro del nombre de tu bebé: curiosidades que no sabías

Elegir el nombre del bebé es complicado y emocionante para los padres. Tras el nacimiento del pequeño, los padres están obligados a inscribirlo en el Registro Civil, bien de forma telemática desde el hospital o en las propias oficinas del registro. Así se certifica el nacimiento del bebé, con la fecha y hora en que tuvo lugar, además del sexo y el nombre de los progenitores.

Peleas en la mesa del Registro Civil

Para descubrir los entresijos de un paso tan importante hemos hablado con Félix Aguilar, funcionario del cuerpo de tramitación del Registro Civil de Madrid con 15 años de experiencia en este puesto. Por ejemplo, que muchos padres ya tienen el nombre del bebé pensado, y llegan a su mesa con todo muy claro… pero que hay otros que se presentan con el nombre sin pensar. “Suelen irse. Se van a casa hasta que lo deciden –explica–, aprovechando que tienen hasta 30 días para hacerlo”.


En todos estos años de profesión, Félix ha visto todo tipo de situaciones, desde los que intentan convencerle que inscriba al niño en otro día que no sea el 13, hasta los que le ponen un segundo nombre no acordado con su pareja; incluso familias que todavía no lo tienen claro y discuten frente a su mesa… ¡A veces incluso se han dejado al bebé olvidado con el enfado!


Nuevas generaciones de Lolas y Nachos

La ley permite ahora inscribir al bebé con algunos nombres coloquiales. Hasta 1977, el artículo 54 de la Ley de Registro Civil limitaba la libertad en el otorgamiento del nombre. Establecía la obligatoria castellanidad y ortodoxia de los nombres impuestos. Félix Aguilar explica: “Lola o Nacho no se podía poner, pero ahora sí. Además, a los niños españoles se les puede poner nombres extranjeros pero hay que respetar la gramática del idioma. Poniéndolo tal y como se escribe en ese idioma; por ejemplo se puede poner Jean Pierre, pero no ‘Yianpierre’”.


Nombre que identifique el sexo del bebé

La modificación del artículo establece que se puede poner cualquier nombre que “no tengan equivalente onomástico usual en las lenguas españolas, los de personajes históricos, mitológicos, legendarios o artísticos, bien pertenezcan al acervo cultural universal, bien al de determinada nacionalidad o región española, los geográficos que en sí mismos sean apropiados para designar personas, y, en fin, cualquier nombre abstracto, común o de fantasía, que no induzca a error en cuanto al sexo”.


Como la ley establece que debe permitir establecer claramente el sexo de la persona, cuando es confuso se suele poner un segundo nombre que deja claro el sexo, como explica Aguilar.


Nombres que no sean ofensivos

Los padres tienen un amplio margen para decidir el nombre de su hijo. Eso sí, la Ley de Registro Civil de 1958 establece que algunos nombres que puedan resultar perjudiciales para el bebé el juez del registro lo puede rechazar. Anécdotas de nombres que no se han podido poner también ha vivido Félix Aguilar: “Un día unos padres querían poner al niño ‘Drácula’ y obviamente no les dejaron”.


No se pueden poner nombres de dictadores o personajes conocidos que se consideren negativos, ya que pueden suponer un perjuicio futuro para el menor. Aunque tampoco existe una lista como tal de nombres que no pueden ponerse, es algo que la ley deja al criterio del funcionario. Sólo se establece un genérico: “Quedan prohibidos los nombres que objetivamente perjudiquen a la persona”.


El cine y las series dejan huella

La ley permite nombres de personajes históricos, mitológicos, legendarios o artísticos, nombres geográficos y, en general, nombres abstractos o de fantasía, “para cuya interpretación debe tenerse en cuenta la realidad social, cultural y política actual de nuestro país”.


Este funcionario cuenta también, entre sonrisas,  que a veces se ponen nombres de personajes de películas, como El Señor de los Anillos o las Guerras de las Galaxias y que “sólo si es el nombre de ‘los buenos’, les dejan”. Las series también están marcando tendencia a la hora de elegir los nombres: cada vez más padres se inspiran en ellas para elegir los nombres de bebés (un ejemplo, “khaleesi”, nombre femenino de la serie Juego de Tronos).


Los nombres de los hermanos

Aunque la Ley de Registro Civil ha ido ampliando su permisividad con los años, hay cosas que los padres no pueden hacer:


No se puede poner el mismo nombre a dos hijos salvo que el niño haya fallecido. Aunque sí se puede incluir en segundo lugar. Por ejemplo, Daniel Antonio y Daniel Sebastián no se puede poner, aunque Daniel Antonio y Sebastián Daniel, sí.

Igual sucede con los nombres en diferentes idiomas el primero no se puede llamar Alejandro y poner al segundo Alexander.

El santo del día, casi desaparecido

Actualmente ha desaparecido prácticamente la costumbre poner a los bebés el mismo nombre que los padres o el del santo del día. El funcionario recuerda que “el día de la Almudena o el día de San Juan era muy habitual que se eligiera el nombre del santo del día, ahora poco habitual; como tampoco lo es elegir los que tienen mucho contenido religioso como Adoración o Sagrario”. Según los datos del Instituto Nacional de Estadística, en 2015 los nombres más puestos en nuestro país fueron Lucía para niña y Hugo para niño.


Niños españoles, sólo dos nombres

En España sólo se puede registrar al niño con dos nombres. Cuando los padres son extranjeros y el niño no es español, sí se les permite a los padres poner los nombres que les dejen en su país. “Por ejemplo, en Francia les dejan poner tres y cuatro nombres a los niños: si los padres son extranjeros podrán poner todos esos nombres. Pero si ese niño adquiriera un día la nacionalidad española, se le quitarían los que sobren hasta llegar a dos”, señala Félix Aguilar.

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